24 de enero 2026 11:07 por: Ana Maria Moncayo
BV 174 Dic.- Enero 2026 • Quito
Ante un siniestro de tránsito en carretera o en la ciudad, las personas suelen detenerse a fotografiarlo o grabarlo, movidas por la curiosidad o, por querer ser los primeros en publicar en redes sociales.
En nuestra legislación no existe sanción más allá de las consideraciones éticas al fotografiar y grabar el dolor ajeno y difundirlo en redes sociales. Sin embargo, estas acciones pueden ocasionar sanciones administrativas o multas relacionadas con la obstrucción de la vía o impedir la pronta actuación de equipos de auxilio.
El numeral 6 del artículo 390 del Código Orgánico Integral Penal establece:
“Será sancionado con una multa equivalente al 15% por un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de 4,5 puntos en su licencia de conducir la o el conductor de vehículos a motor que ante las señales de alarma o toque de sirena de un vehículo de auxilio no deje la vía libre.”
Ante un accidente de tránsito, lo correcto es NO DETENERSE en la vía ni obstaculizar el paso de vehículos de emergencia. Utilice zonas seguras si desea observar o tomar fotos y sobre todo respete el trabajo de rescatistas y autoridades.