Protección de Datos en el Transporte Terrestre de Ecuador: Una Prioridad Emergente

WEB JUAN FELIPE RIVAS

26 de agosto 2024 10:59 por:

La protección de datos personales es un asunto de creciente relevancia, especialmente con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) y su Reglamento General. Este marco legal establece lineamientos para garantizar el derecho a la privacidad y la seguridad de la información personal. Para el transporte terrestre de todas las modalidades, que maneja gran cantidad de datos sensibles, es crucial entender y aplicar estas normativas adecuadamente.

Nueva Autoridad de Protección de Datos

Con la promulgación de la LOPDP, se creó la Autoridad de Protección de Datos Personales. Esta autoridad puede imponer sanciones a quienes no cumplan con las disposiciones establecidas. Según la gravedad de la infracción desde leve hasta grave hay multas de hasta el 1% del ingreso bruto anual del ejercicio anterior y por evento.

¿Por qué para el transporte se aplica esta Ley?

Las empresas y personas del transporte terrestre tratan datos, incluso a gran escala. Obtienen y guardan información para emitir una factura, tickets, pasajes, prestar un servicio de transporte de personas o de carga, courier especializado, atención de quejas, actividades de marketing y en general, todo lo relacionado directa o indirectamente con el giro de negocio de las cooperativas, compañías o transportistas individuales, aun cuando la prestación del servicio se haga como un tercero encargado.

Los actores del transporte recopilan datos como: nombre, cédula, email, WhatsApp, número de contacto, dirección de domicilio y hasta datos bancarios para completar una transacción.

¿Estos datos dónde y cómo se almacenan? ¿Al enviar publicidad cuentan con la autorización? ¿Si un usuario o titular de sus datos quieren ejercer sus derechos y presentar un reclamo, han creado un canal especializado? ¿La base de datos que sus empresas han creado a lo largo del tiempo, puede usarse y cómo hacerlo acorde a la Ley?

En el ciclo de vida de los datos, desde la recepción, transmisión y tratamiento que se haga, existen riesgos que, a la luz del nuevo ordenamiento, deben ser al menos previstos y aplicar medidas correctivas para evitar sanciones.

Por esto que se debe implementar medidas para garantizar la protección de los datos personales que tratan las cooperativas, compañías y sujetos del transporte.

Medidas de Protección para empresas de transporte

  1. Evaluaciones de Impacto en la Protección de Datos (EIPD): Realizar evaluaciones periódicas para identificar y mitigar riesgos asociados al tratamiento de datos personales de sus usuarios y clientes.
  2. Nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPD): Que supervise el cumplimiento de la normativa de protección de datos dentro de la empresa.
  3. Formar y Capacitar a los empleados sobre las mejores prácticas de protección de datos y la importancia de la confidencialidad de la información.
  4. Establecer políticas de seguridad robustas para proteger la información contra accesos no autorizados, pérdida o daño.
  5. Asegurarse de obtener el consentimiento explícito de los dueños de los datos para el tratamiento de su información personal.

No solo las empresas, sino también las personas que trabajan en el sector del transporte deben ser conscientes de las medidas de protección de datos. Esto incluye a conductores, operadores y personal administrativo, quienes deben estar informados y capacitados para manejar datos personales de manera segura y conforme a la normativa vigente.

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