21 de diciembre 2020 9:00 por: Jaime Marin
BV 144- Diciembre/Enero 2021 • Cuenca
Las denuncias contra procedimientos ilegales de Agentes de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), en Azuay no son frecuentes. Sin embargo, a través de las redes sociales conductores que se sienten afectados elevan sus quejas sin que lleguen a judicializarse. Sostienen los quejosos que son amenazados en caso de que sus denuncias lleguen a estamentos jurídicos, y como ellos son usuarios constantes de las vías estatales, los agentes podrían tomar represalias.
El caso más reciente y que fue judicializado con sentencia a dos años de prisión y el pago de una multa 200 dólares, se reportó a inicios de febrero de 2020. El Tribunal de Garantías Penales de Azuay declaró responsable del delito de concusión a un agente de tránsito de la CTE. El ahora sentenciado participaba en un control de tránsito en la vía Cuenca-Gualaceo y, luego de revisar el camión en el que viajaban dos ciudadanos, les dijo que las llantas estaban en mal estado y que iba a emitir una boleta de citación por la contravención. Según los investigadores, exageró al informarles la sanción que debía recibir el conductor.
El mal agente les mencionó que podía ayudarles si le entregaban USD 80, por lo que les permitió que vayan hasta un cajero para retirar el dinero. Los dos ciudadanos regresaron con 30 dólares, pero el agente les habría dicho que no es suficiente.
Ante esto, las víctimas decidieron ir a la Fiscalía Cantonal de Gualaceo y denunciar el mal procedimiento del agente. Luego de ello regresaron y entregaron los 80 dólares hecho que fue atestiguado por la Policía, quienes procedieron a detener en delito flagrante al agente corrupto. Ante estas eventualidades la CTE del Azuay, estuvo presta a colaborar con las investigaciones y solicitó a quienes se crean perjudicados presentar sus denuncias sin miedo.
Dato
El artículo 281 de Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que los servidores públicos y personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que, abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años.