22 de agosto 2023 9:00 por: Ana Maria Moncayo
BV 160 agosto-septiembre 2023 • Quito
En septiembre de 2014 la ANT expidió el Reglamento de Transporte Terrestre Turístico. Con fecha 6 de diciembre de 2022, el Ministerio de Turismo expidió el Reglamento de Registro de Turismo para el Transporte Turístico, que regula los requisitos y procedimientos para su obtención.
La normativa clasifica la actividad de transporte en: transporte turístico aéreo, turístico terrestre; y turístico marítimo, fluvial y lacustre.
El artículo 8 del Reglamento define al transporte turístico terrestre como “la prestación del servicio de transporte terrestre con fines comerciales para el desplazamiento de personas que tengan condición de turistas o excursionistas en forma individual o en grupos homogéneos, en vehículos terrestres motorizados debidamente habilitados por la autoridad competente”.
Requisitos para la obtención del registro:
. Documento constitutivo de la compañía o cooperativa.
. Nombramiento vigente de los representantes legales.
. Contar con espacio físico propio para el desarrollo de las actividades comerciales.
. Título habilitante de transporte terrestre comercial de turismo vigente.
. RUC.
. Listado de las unidades de transporte de la compañía, matrícula, tipo de vehículo y capacidad.
. Se prohibe realizar transporte turístico sin contar con el contrato u hoja de ruta para el servicio. (Art.16.1).
. Para turismo en áreas protegidas, las operadoras deben contar con el permiso respectivo de la Autoridad Ambiental Nacional.
El trámite se realiza en la página web del Ministerio de Turismo. Se lo ejecuta por una sola vez, pero las operadoras tienen la obligación de actualizar la información si hubiere algún cambio.