14 de mayo 2019 6:31 por: Maritza Guevara
Por: Angel Vinueza
En este tema hay varios puntos de vista: estructuralmente hablando si reviste una debilitación de la estructura; es decir, hay una disminución de la resistencia ante un impacto, perdiendo soporte al formarse una cavidad, a pesar de existir refuerzos por dentro de la estructura. Hace varios años atrás, mediante normativa se intentó hacer obligatoria a la puerta del conductor, con un análisis funcional, mas no estructural. Desde el punto de vista de la autoridad se pretendía encerrar al conductor en su habitáculo para que no tenga contacto con los pasajeros, principalmente por el tema de seguridad en el caso de asaltos. Por otro lado y funcionalmente planteado en los comités técnicos, en caso de accidentes, la puerta del conductor se establecería como una salida de emergencia.
Tomando en cuenta estos aspectos, dependería entonces, de la modalidad y el servicio que va a prestar la unidad fabricada y también de la solicitud o no del cliente, pues la normativa ecuatoriana vigente no prohíbe ni obliga el uso de la puerta del conductor. Sin embargo, de manera consiente, en el tema de planimetrías y ensayos, es recomendable que se ponga especial cuidado en reforzar hasta donde sea posible la cavidad destinada a ubicar la puerta del conductor y así obtener un soporte estructural adecuado, siendo conscientes que existe una reducción de la resistencia de la estructura de un 10 a un 15 % aproximadamente.
Tanto en países de Latinoamérica como de Europa la normativa tampoco restringe la puerta del conductor, dejando a potestad del carrocero fabricarla o no, siempre y cuando se cumpla con parámetros mínimos de seguridad con la finalidad de evitar al máximo posibles daños en caso de un impacto. De ahí que se deja al intelecto y diseño de la ingeniería de autobuses, reforzar la estructura en puntos críticos sin exceder pesos ni sacrificar aspectos importantes de seguridad.