24 de agosto 2024 9:00 por: Janeth Cruz
BV 166 Agosto-Septiembre 2024 • Quito
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), como ente rector encargado del transporte terrestre a nivel nacional, informó a Revista BUEN VIAJE sobre el procedimiento por los rubros que cobra el Estado ecuatoriano a los involucrados y causantes de las afectaciones que se producen en la Red Vial Estatal. En apego al debido proceso, los daños materiales tras un siniestro de tránsito, se registran en un parte policial.
Cumplido este procedimiento, el evento es reportado a la Dirección Distrital del MTOP correspondiente. El siguiente paso, es que un técnico de esa Dirección efectúa el levantamiento de daños y el presupuesto referencial con el fin de suscribir un acta de compromiso con el conductor del transporte terrestre causante para la reparación total. Una vez que se haya subsanado el perjuicio se suscribe un acta final de conformidad de las partes.
Si en el procesado no cumple el compromiso.
El caso es trasladado a las unidades judiciales donde se genera una investigación para lograr un dictamen fiscal y el juzgamiento correspondiente.
Cabe mencionar que las vías para el transporte terrestre de Ecuador que están delegadas o concesionadas a un gestor privado o concesionario, es éste quien está a cargo de la administración y mantenimiento de la vía y tiene la obligación contractual del mantenimiento y cuidado de la infraestructura.