18 de diciembre 2023 9:00 por: Víctor Espinoza
BV 162 diciembre-enero 2024 • Panamá
El Gobierno Nacional de Panamá obliga a los propietarios de furgonetas a que tengan una placa para la circulación en calles y carreteras y otra para transportar o movilizar turistas.
Además, deben contar con un seguro de asiento, consistente en una póliza de seguro en beneficio de los pasajeros.
Según la Ley de Tránsito de Panamá, la placa es el distintivo único e intransferible, utilizado para identificar un vehículo. Tiene validez en todo el territorio nacional y permite que se distinga al vehículo externa y privativamente.
Las dos placas: de transporte público y la adicional, deben portar todos los vehículos de transporte público en todas sus modalidades (selectivo, colectivo, colegial y turismo). Situación que, a decir de taxistas y ciertos transportistas panameños, los pone en desventaja porque a ellos se los limita a tomar solo pasajeros en general. En cambio, a los buseteros les brinda mayores posibilidades de trabajar en la transportación y movilización de personas.
Yonel Rodríguez, un taxista, manifiesta que a más de esta situación deben soportar la competencia desleal por parte de ciertos conductores de Uber, mismos que -a decir del taxismo- son patrocinados por propietarios de grupos de poder económico y político que trabajan en beneficio de sus intereses personales.