Conductores pueden ejercer su derecho a la defensa

19 de septiembre 2019 9:18 por:

Por Janeth Cruz
QUITO

Una sentencia del pleno de la Corte Constitucional (CC), sobre contravenciones de tránsito, permite a los ciudadanos que conducen un vehículo ejercer su derecho a la defensa.

La ANT deberá notificar a quien ha cometido una infracción desde el momento en que la autoridad detecta la contravención. “Con la ayuda de medios tecnológicos, la autoridad puede hacer la fotografía de constancia de la infracción cometida; pero lo que no pueden hacer es dejar de notificar al propietario del vehículo acerca de la infracción en la que pudo haber incurrido para que pueda ejercer su derecho a la defensa”, pidió Hernán Salgado Pesantes, presidente de la Corte Constitucional.

A su criterio, esto evitará que el propietario del vehículo se moleste cuando se entere que tiene que pagar una multa por infracción, recién en el momento en que va a efectuar el trámite de revisión o matriculación vehicular.

“El cometimiento de la infracción de tránsito debe ser notificado inmediatamente utilizando medios eficaces y adecuados; es verdad que no se puede saber quién es el conductor, pero queda la evidencia fotográfica (de la placa) y la respectiva autoridad de tránsito tendrá que averiguarlo”, resaltó el titular del organismo.