24 de junio 2025 5:36 por: Ana Maria Moncayo
BV 171 junio-Julio 2025 • Quito
La baja vehicular es un trámite que se realiza por voluntad del usuario ante la Agencia Nacional de Tránsito de Ecuador. La inactivación se inscribe en la Base Única Nacional de Datos y suspende la generación de valores que se recaudan a través del SRI como impuestos y tasas de matriculación e impide realizar otras transacciones de matriculación.
La baja vehicular puede ser solicitada por la persona natural o jurídica propietaria del vehículo o persona autorizada, en los siguientes casos:
• Cumplimiento de vida útil del vehículo.
• Haber sido declarado inservible en caso de vehículos del sector público.
• No haber aprobado la RTV en las oportunidades previstas.
• Vehículos declarados en abandono al estar más de 3 años en centros de retención vehicular.
• Solicitud de baja.
• Pago de la tasa del servicio.
• Original de la última matrícula del vehículo o denuncia de robo o pérdida.
• Acta de entrega de placas originales de identificación vehicular a los GAD, o denuncia de robo o pérdida.