22 de febrero 2024 9:00 por: Ana Maria Moncayo
BV 163 Febrero-Marzo 2024 • Quito
El 11 de enero de 2024 entró en vigencia la Ley Orgánica de Competitividad Energética, aprobada por la Asamblea Nacional. Promueve soluciones económicas y de generación de energía para superar la crisis energética, optimizando recursos públicos asociados al sector eléctrico. Para conseguirlo, la Ley reforma la normativa existente.
Para el transporte, la Ley reforma algunos artículos de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética vigente. Los principales puntos son:
• EJE DE ACCIÓN: Se incluye al tránsito y transporte como eje de acción del Plan y del Sistema Nacionales de Eficiencia Energética
• CHATARRIZACIÓN: El Gobierno Nacional a través de los ministerios competentes y en coordinación con los GAD crearán un programa de chatarrización para los vehículos de trabajo de personas naturales y del transporte público que salgan de servicio y que se reemplacen por eléctricos.
• ELÉCTRICOS: A partir de 2030, todos los vehículos que se incorporen al servicio de transporte público urbano, intraparroquial y comercial en el Ecuador continental deberán ser 100% eléctricos o de cero emisiones.
• ELECTROLINERAS: A partir de 2024 los GAD en coordinación con el Comité Nacional de Eficiencia Eléctrica, desarrollarán estudios e implementación de la infraestructura necesaria para garantizar la operatividad de los vehículos eléctricos.
• IMPUESTO 1%: Para financiar el Fondo Nacional de Inversión de Eficiencia Energética (FNIEE) se crea el impuesto del 1% al valor de la matrícula de los vehículos particulares de motor de combustión interna. Será recaudado por la ANT y su pago es prerrequisito para la matriculación vehicular.