28 de febrero 2023 11:55 por: Redacción Buen Viaje
BV 157 Febrero - Marzo 2023 • Quito
La ANT, mediante reglamento emitido recientemente, autoriza el transporte de animales de asistencia (guía, servicio para niños, personas con autismo, alerta médica y personas con pérdida auditiva) y de animales de compañía, estableciendo la normas técnicas para su traslado.
Hay obligaciones, prohibiciones y requisitos que cumplir considerando el tiempo de viaje, paradas periódicas, certificaciones del animal, uso de chalecos distintivos, entre otros. Las mascotas no pueden viajar solas.
Uno de los requisitos es que todos los tutores firmen un acuerdo de responsabilidad para evitar daños a otras personas o dentro de la unidad. Además, el reglamento establece el ayuno de las mascotas al menos 4 horas antes del viaje.
Las operadoras de transporte deberán publicar en un lugar visible, los requisitos para viajar con su mascota y deberán garantizar lugares y espacios dentro de sus unidades. A las personas con discapacidad la operadora no cobrará por el asiento que ocupe el animal, solo pagará el ticket del pasajero con tarifa diferenciada.
Para el traslado de mascotas y lazarillos en buses intracantonales, se exhorta a los GAD, Consorcios y Mancomunidades, expidir regulaciones locales según establece la Ley de Tránsito.