21 de octubre 2023 9:01 por: Janeth Cruz
BV 161 octubre-noviembre 2023 • Quito
Un juez de la Unidad Judicial Penal de Santo Domingo de los Tsáchilas concedió una acción de protección con medida cautelar “por la inminente vulneración al derecho a la seguridad jurídica y el derecho al debido proceso”, solicitada por el abogado Abel Gómez, gerente de (Fenacotip).
En su fallo del 24 de agosto de 2023, el juez ordenó a la ANT y a la CTE que dispongan a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) la suspensión del uso de medios tecnológicos como radares, fotorradares y fotosensores.
La orden judicial se mantendrá vigente hasta que los gobiernos municipales cuenten con un informe de factibilidad del órgano de control en materia de tránsito conforme su circunscripción territorial. Además, hasta que los medios tecnológicos implementados se encuentren calibrados, operativos y funcionales de acuerdo a la tecnología implementada.
Los GAD deben contar con un certificado de calibración y homologación otorgado por la ANT y controlado por la CTE. También deberán emprender procesos de socialización con la ciudadanía de forma obligatoria por un periodo no menor a 60 días.
El juez dispuso, adicionalmente, que “bajo ningún motivo” los aparatos tecnológicos deben estar colocados en curvas, pendientes y otros definidos en la normativa establecida por la ANT y la CTE. Todo espacio o zona de control mediante los señalados medios tecnológicos, deberán contar con señalización vertical y horizontal en el punto de control y antes del mismo como medida de prevención. Amparó su dictamen en cinco artículos de la Constitución y en nueve de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.