01 de marzo 2023 12:08 por: Maritza Guevara
BV 157 Febrero - Marzo 2023 • Tulcán
Pablo Cerón presidente de Asociación de Transporte Pesado del Carchi señala: “La Resolución 052 relativa a la suspensión llegó imprevistamente cuando estábamos listos para arrancar con la facturación electrónica a partir del 30 de noviembre de 2022. Nuestra Asociación empezó a capacitar a los compañeros y, unos días antes de que inicie esta facturación, llegó la Resolución 052 en cuya transitoria Octava señala que se elimina los puntos de emisión.
En un inicio lo vimos negativa, como una decisión que no se socializó, que fue apresurada y que nos causaría muchos problemas pues veríamos deteriorado el valor del flete al momento de cobrarlo, porque esta eliminación ha hecho que, primero las empresas de transporte a las cuales los transportistas pertenecemos, cobren un 3, 4, 5 hasta 18% por gasto administrativo que no tiene sustento ni base legal.
Los gastos administrativos que alegan las empresas, son porque tienen que realizar la gestión de cobranza, pagar y llevar contabilidad y han tenido que contratar dos o tres personas más y ese gasto lo debe asumir el socio. Eso causó malestar entre todos
Por otro lado, trabajamos con la modalidad de recibir por lo menos un 50% de adelanto para iniciar el viaje. Antes de la Resolución 052, ese adelanto se entregaba directamente al transportista. Hoy ya no es así, la transferencia va directamente a la cuenta de la empresa a la que pertenece el socio. La empresa se demora de 24 hasta 72 horas para entregar el anticipo. Ese tiempo de demora es imposible esperar y por lo tanto, cada transportista se ve obligado a buscar dinero por otros medios con intereses altos que fluctúan entre el 5 al 8% y que deben aceptar con el fin de cumplir a tiempo con los dueños de la carga.
Sin embargo, al final y luego de muchas reuniones con el SRI, MTOP (órgano rector), entendimos que la Resolución 052 tiene como fin primordial ordenar a los transportistas y a sus empresas y que los descuentos ya mencionados del 1, 2, 3 o 18% son una negociación particular entre socios y dirigentes de las empresas, en donde el Gobierno no puede intervenir porque son negocios de privados.
Delimitar los gastos administrativos.
Frente a ello, impulsamos que el SRI, junto a la Superintendencia de Compañías, emitan una resolución que fije el costo administrativo sin superar el 1% del valor de la factura. Así se evitaría que dirigentes irresponsables abusen de los transportistas. También hablamos con el SRI para que los anticipos sean de manera inmediata al transportista que hará el servicio o que se permita que ese anticipo vaya directamente a su cuenta para no perder tiempo.
Quitar del medio a las empresas de papel y regularizar al transporte tendrá buen cumplimiento y desenvolvimiento si se norma para que estos puntos conflictivos se resuelvan prontamente. Queremos apoyar esta medida que ordene al transporte y que quienes no se sientan a gusto en alguna empresa que no cumpla con lo pactado o esté abusando, cuenten con la autorización de la ANT para, en el plazo de una semana, se puedan cambiar de empresa o que se permita la creación de su empresa unipersonal en el menor tiempo posible. Estas son propuestas de la Asociación del Carchi. Aun tenemos pendiente una reunión con el SRI, MTOP y Superintendencia de Cías., estamos esperando una respuesta formal.
La doble retención
La concepción de una empresa de transporte, desde su origen es equivocada, porque se permite crear empresas para que los socios tengan facilidad de matricular su vehículo, esa es la principal función de una empresa; cuando, al contrario principalmente debe generar trabajo para todos los socios, así no tienen necesidad de ir a otro lugar a buscar trabajo y emitir sus facturas por todas partes.
Pedimos a las autoridades hacer un análisis profundo de las 5700 empresas que hay en el país para conocer cuáles están generando carga y cuáles deben desaparecer y así los transportistas pasen a fortalecer a las que si generan trabajo, porque muchas empresas solo son vendedores de cupos más no dan trabajo.
El generador de carga descuenta el 1% a la empresa que le emitió la factura. A su vez, esa empresa le descuenta el 1% al transportista que hizo el flete para recuperar ese 1% que le descontó el generador de carga. Ahí aparece la figura de la doble retención. Frente a esto, estamos solicitando que las empresas de transporte le hagan la retención del 0% al socio que emitió su factura. A la fecha, aún no tenemos repuesta